Proyecto de ley LOMLOE

La LOMLOE (Ley Orgánica de Modificación de la LOE), derogará, cuando sea aprobada, la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa. El proyecto de ley de Educación supone, en gran medida, un regreso al texto original de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, centrándose en los principios clave de reforzar la educación infantil, la tranversalidad de la coeducación y la personalización del aprendizaje.
En su versión actual la Ley se estructura en un artículo único de modificación de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE). Este artículo incluye noventa y nueve apartados, en cada uno de los cuales se modifican parcialmente o se da nueva redacción a setenta y siete artículos de la LOE, diecinueve disposiciones adicionales y tres disposiciones finales, una de las cuales modifica varios artículos de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación. Incorpora la Ley, además, ocho disposiciones adicionales, cinco transitorias que regulan distintos aspectos del periodo de implantación, una disposición derogatoria y seis disposiciones finales relativas al desarrollo reglamentario, el calendario de implantación y la entrada en vigor.
Entre otros aspectos, estos son algunos de los cambios propuestos en la ley:
- Se establece que un 55 % de los contenidos y materias serán definidos por el Estado en las comunidades autónomas con dos lenguas oficiales y un 65 % en las que solo tengan una lengua oficial.
- Desaparecen los itinerarios de la ESO, se refuerza la educación comprensiva en esta etapa y mejora la atención al alumnado con dificultades de aprendizaje.
- Se garantiza la obtención de un título único al final de la ESO, tanto para los alumnos que hayan cursado 3º y 4º de esta educación obligatoria a través de programas de mejora de oportunidades, como desde la Formación Profesional Básica.
- Desaparecen los PMAR y reaparece la diversificación curricular.
- Se permite mayor flexibilidad en los estudios de Bachillerato, que seguirá siendo de dos años pero los estudiantes que hayan finalizado primero con más de dos asignaturas suspensas no tendrán que repetir el curso completo, sino solo las materias pendientes.
- Se persigue disminuir el índice de repetición al permitir que si el estudiante tiene que repetir, la decisión ha de ser adoptada de manera colegiada por todo el equipo docente y en el caso de que finalmente se produzca la repetición, se pondrá en marcha un plan individualizado de seguimiento para el estudiante.
- Se contempla la posibilidad de que, excepcionalmente, el equipo docente pueda decidir la obtención del título de Bachiller por el alumno o alumna que haya superado todas las materias salvo una, siempre que se considere que ha alcanzado los objetivos vinculados a ese título, de modo análogo a los procedimientos de compensación que existen en la enseñanza universitaria.
- La asignatura de religión seguirá siendo de oferta obligada para los centros y de opción voluntaria para el alumnado, aunque la nueva ley no establece una asignatura espejo como alternativa.
- Se recuperan los tres ciclos anteriormente existentes en educación primaria. Se reordenan las áreas y se añade en el tercer ciclo un área de Educación en Valores cívicos y éticos.
- En E. secundaria, a las materias establecidas con carácter obligatorio, se añade la posibilidad de ofrecer materias optativas, con la novedad de que puedan configurarse como un trabajo monográfico o un proyecto de colaboración con un servicio a la comunidad. En uno de los cursos de la etapa, todo el alumnado cursará la Educación en Valores cívicos y éticos.
- Se restablece el equilibrio anterior a la LOMCE en la atribución de competencias entre dirección y Consejo Escolar en el gobierno de los centros, realizándose una nueva asignación de competencias al Consejo Escolar del centro educativo (aprobación de NCOF, PGA, proyecto de gestión, etc.)
- Incluye evaluaciones de diagnóstico para mejorar la calidad y la cohesión del sistema educativo. Los centros docentes realizarán una evaluación a todos sus alumnos y alumnas en cuarto curso de educación primaria y en segundo curso de educación secundaria obligatoria.
- En el último curso de educación primaria y de educación secundaria obligatoria se llevará a cabo, con carácter muestral y plurianual, una evaluación de las competencias adquiridas por el alumnado. Esta evaluación tendrá carácter informativo, formativo y orientador para los centros e informativo para el alumnado, sus familias y para el conjunto de la comunidad educativa.
- Respecto al tratamiento de las lenguas cooficiales, la propuesta trata de combinar de manera equilibrada la necesidad de garantizar el aprendizaje del castellano con la presencia adecuada de las lenguas propias de cada comunidad.
La aprobación de la LOMLOE tendrá importantes implicaciones en la preparación de las oposiciones de acceso al cuerpo de inspectores e inspectoras de Educación, ya que afectara a un número importante de temas, que se verán modificados.
Puedes acceder a toda la información sobre la LOMLOE en este enlace.