El Plan de actuación de la Inspección de Educación

Planificar es establecer un orden de prioridades y distribuir el catálogo de actuaciones de la Inspección de Educación desde el referente y condicionamiento de los tiempos disponibles.
La planificación en sus distintos niveles de concreción (Planes Generales de Actuación Planes Provinciales y los planes singulares que se determinen), es un requisito de profesionalidad que evita la improvisación, responde a objetivos previstos y permite una utilización eficaz del tiempo y de los recursos.
Según se contempla en la Orden de 08-04-2008, de la Consejería de Educación y Ciencia, que desarrolla el Decreto 34/2008, de 26-02- 2008, por el que se establece la ordenación de la Inspección de Educación de Castilla-La Mancha y en la que se determina su organización y funcionamiento, el cumplimiento de los Planes será prioritario en el ejercicio de las tareas de la Inspección. En consecuencia, la ejecución de tareas o actuaciones no previstas en los planes exigirá la autorización del titular del órgano directivo responsable de la Inspección y la coordinación del Inspector General de Educación.
La estructura y finalidad de los planes de actuación es objeto de estudio en la PARTE B del temario de acceso al cuerpo de Inspectores e Inspectoras de Educación. En los siguientes enlaces puedes conocer los diferentes planes de actuación:
Andalucía | Aragón | Asturias | Canarias | Cantabria |
Castilla-La Mancha | Castilla León | Cataluña | Comunidad Valencia | Extremadura |
Madrid | Murcia | Navarra | País Vasco | |